CRT descarta prórroga para registro celular; suspenderán líneas no vinculadas al CURP

Por Juan Pablo Ojeda
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) confirmó que no se otorgará ninguna prórroga para el registro obligatorio de líneas de telefonía celular en el país, fijando el próximo 30 de junio como la fecha límite definitiva para concluir el trámite. Los usuarios de servicios móviles están obligados a asociar su número telefónico a su Clave Única de Registro Poblacional (CURP). Este procedimiento administrativo se diseñó con el objetivo técnico de mitigar la incidencia de delitos de alto impacto como la extorsión económica, el fraude telefónico y la suplantación de identidad.
Los indicadores estadísticos de la CRT señalan que, con corte al 27 de mayo de 2026, se contabilizan 51.6 millones de líneas telefónicas debidamente registradas y validadas en la plataforma nacional. Esta cifra representa un avance sectorial frente al universo total de dispositivos activos en el territorio de la República. El volumen de registros procesados digitalmente ha mostrado un incremento lineal conforme se aproxima el vencimiento del plazo legal estipulado por el órgano regulador.
Ricardo Castañeda, director general de Política Regulatoria de la CRT, precisó en entrevista radiofónica que la vinculación de los datos de identidad con los números de telefonía celular constituye un mandato establecido directamente en la legislación vigente. Al tratarse de un ordenamiento de carácter estrictamente legal, las dependencias del Poder Ejecutivo y los organismos autónomos carecen de las facultades para modificar los calendarios de cumplimiento o emitir prórrogas temporales.
Las consecuencias técnicas para los usuarios que omitan realizar el registro antes de la fecha límite implicarán la suspensión inmediata y total del servicio de telefonía. El esquema de restricción operativa bloqueará de manera automática la capacidad de los dispositivos para originar o recibir llamadas de voz, así como el envío y recepción de mensajes de texto en formato SMS. Adicionalmente, las empresas proveedoras interrumpirán el acceso a las redes de datos móviles de navegación.
El protocolo de desconexión parcial contempla excepciones específicas orientadas a salvaguardar la seguridad civil de la población afectada por la suspensión del servicio. Los teléfonos que permanezcan inactivos por falta de registro conservarán únicamente la funcionalidad necesaria para recibir notificaciones y mensajes de texto provenientes de números de emergencia institucional. Dentro de este canal de comunicación se incluye de forma prioritaria la recepción de la Alerta Sísmica celular de cobertura nacional.
La responsabilidad operativa de capturar, procesar y almacenar la información personal recae directamente en las compañías telefónicas que operan las concesiones de red en el mercado mexicano. Las corporaciones del sector privado están obligadas por ley a implementar sistemas de resguardo digital que garanticen la protección de los datos de los usuarios. El trámite de validación puede completarse de manera remota a través de los portales de internet habilitados por cada una de las empresas operadoras.
La implementación de esta medida regulatoria busca homologar los padrones de telecomunicaciones en México con los estándares internacionales de seguridad digital y control de espectro radioeléctrico. El cumplimiento de las metas de registro antes del cierre de junio determinará la continuidad operativa del servicio para millones de líneas prepago y pospago. Las autoridades del sector mantendrán la supervisión técnica sobre los servidores de las telefónicas para evitar colapsos en las plataformas durante los últimos días del periodo establecido.
