mayo 15, 2026
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Hacienda bloquea activos del gobernador con licencia de Sinaloa bajo el acuerdo 156/2026. La medida afecta a funcionarios y un familiar directo.

Por Juan Pablo Ojeda

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ejecutó el bloqueo masivo de activos financieros pertenecientes a Rubén Rocha Moya, gobernador con licencia de Sinaloa, y a un grupo de diez colaboradores y familiares. La acción administrativa responde al acuerdo 156/2026, emitido el pasado 6 de mayo, el cual instruye a las instituciones de crédito a suspender de forma inmediata cualquier operación con los sujetos señalados en el documento técnico.

La notificación fue procesada a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y distribuida mediante el Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI PLD/FT). Esta plataforma, diseñada para la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, obliga a las entidades bancarias a reportar la inmovilización de fondos en un plazo no mayor a 48 horas tras la recepción del aviso.

Entre los perfiles afectados destaca el senador Enrique Inzunza Cázarez, además de nueve exfuncionarios de la administración sinaloense. Los registros oficiales indican que el bloqueo se extendió también al patrimonio financiero de uno de los hijos del gobernador con licencia, limitando su capacidad transaccional dentro del sistema bancario nacional. Las instituciones financieras cuentan ahora con un periodo de 10 días hábiles para formalizar la cancelación de relaciones comerciales con los implicados.

La instrucción de la UIF ocurre en un marco de cooperación internacional, derivado de las investigaciones iniciadas en una corte de Nueva York, Estados Unidos. El rastreo de flujos de capital busca desarticular la estructura financiera que presuntamente sustenta las operaciones de los sujetos procesados. Los montos totales precautoriamente inmovilizados no han sido revelados por la autoridad hacendaria debido al sigilo de la investigación técnica.

Técnicamente, el congelamiento de cuentas bajo el acuerdo 156/2026 impide el retiro de efectivo, transferencias interbancarias, pago de servicios y el uso de tarjetas de crédito o débito vinculadas a los números de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de los afectados. Esta medida es de carácter preventivo y se mantiene vigente mientras se desahogan las pruebas de origen ilícito de los recursos ante los tribunales correspondientes.

La operación de la UIF se fundamenta en las facultades otorgadas por la Ley de Instituciones de Crédito para identificar conductas que pudieran favorecer la comisión de delitos vinculados a la delincuencia organizada. El bloqueo de activos financieros es la primera fase de una estrategia de asfixia económica dirigida a los nodos de mando político que operan en zonas de alta incidencia delictiva.

En términos de logística institucional, la CNBV supervisará que la totalidad de los bancos comerciales y casas de bolsa cumplan con el mandato de suspensión de actividades. Cualquier omisión por parte de las entidades financieras ante el acuerdo de la UIF podría derivar en sanciones administrativas y multas equivalentes al valor de las transacciones permitidas de forma irregular.

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